24 noviembre 2008

MÉXICO: Las personas transexuales podrán cambiar acta de nacimiento

Fuente: MILENIO
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* Vacíos jurídicos impedirán que todas las solicitudes sean aceptadas.

* En máximo dos meses, transexuales contarán con un nuevo documento.

A partir de hoy lunes, las personas transexuales y transgénero podrán acudir a los 42 juzgados de lo familiar en la Ciudad de México para interponer los juicios especiales que les permitirán, en un lapso no mayor a seis meses, modificar el nombre y sexo en el acta de nacimiento.

Los jueces aseguran que no en todos los casos podrían autorizar la rectificación del documento, debido a los vacíos jurídicos que dejó la Asamblea Legislativa en las reformas al Código Civil que hoy entran en vigor, principalmente en la adecuación de los documentos oficiales de los transexuales menores de edad.

En entrevista con MILENIO, Juan Tapia, juez trigésimoctavo de lo familiar, destacó que con la entrada en vigor de las reformas, en no más de dos meses, las personas transexuales y transgénero contarán con una acta que acreditará la identidad que lograron después de haberse sometido a un tratamiento psicológico, hormonal y/o quirúrgico para cambiar de sexo.

Recordó que el juicio especial de “Levantamiento de acta por reasignación sexogenérica” les permitirá contar con copias del acta de nacimiento que fue rectificada, sin que ésta especifique los motivos por los cuales modificaron su nombre y sexo, aunque esa información se asentará al margen del documento original que tiene en su poder el Registro Civil.

“Estamos preparados para comenzar a atender estos casos. Afortunadamente, se dio un término prudente que nos permitió hacer el estudio correspondiente del procedimiento que será más sencillo”, comentó.

Expuso que las personas interesadas deberán ingresar la solicitud en la Oficialía de Partes del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, para que en un plazo no mayor a cinco días se le dé vista al Registro Civil y Ministerio Público, posteriormente el juzgado de lo familiar los llamará a una audiencia de desahogo de pruebas, a fin de que 15 días después se dicte la sentencia.

Dijo que algunas inconsistencias en las reformas favorecerán a que algunos de los jueces soliciten la opinión de otros peritos calificados e incluso se nieguen a autorizar la rectificación de las actas.

El juez citó el artículo 498 bis que establece que quienes podrán solicitar el levantamiento de una nueva acta por concordancia de género son las personas mayores de edad o quien ejerza la patria potestad o tutela, aunque no establece si se trata de un menor.

Lo anterior, explicó, deja a criterio de los juzgadores autorizar la rectificación de esas actas, toda vez que no especifica si basta con el permiso de uno o de ambos padres; tampoco establece la edad en la que los niños o niñas se pueden someter a estos tratamientos, por lo que tendrían la facultad de consultar a peritos en materia psiquiátrica para que aclaren las condiciones psíquicas, físicas y emocionales de los menores.

Otro de los criterios que podrían dilatar o influir en la decisión del juzgador, manifestó, será la credibilidad de los especialistas que fungirán como peritos, pues “no sabemos quiénes son, de dónde o quién los califica”.

Aunado a lo anterior, la ley establece que el juez se podrá allegar de otros peritos, aunque no establece de qué instituciones o especialidad, por lo que tendrán que solicitar el apoyo de los especialistas que consideren, pese a que en muchos de los casos no contarán con la experiencia en este tema “novedoso”.

Tapia aclaró que las personas que no se vean beneficiadas con el fallo del TSJDF podrán acudir a otras instancias, que, seguramente fallarán en su favor y sentarán precedente para otros casos similares.

Comentó que quienes se arrepientan de modificar su acta podrán enmendarla, ya que el artículo 498 bis-8 señala que cuando la persona hubiese obtenido el levantamiento de una nueva acta de nacimiento con motivo de reasignación sexogenérica, y ésta no sea acorde con su identidad de género, procederá su restitución siguiendo el mismo procedimiento previsto en este capítulo.

Las dos primeras

Jaime López, abogado y coordinador de la asociación Agenda Lésbico-gay, presentará en la Oficialía de Partes del TSJDF, las dos primeras solicitudes de mujeres transexuales (antes ellos) que desean rectificar su acta de nacimiento.

Se trata de Noja X, quien desde hace 15 años se sometió al tratamiento de cambio de sexo; así como el de Tania Itzel X, quien lleva más de dos años en terapia bajo la supervisión del sexólogo David Barrios.
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Trans_Bitacora: Desde estas líneas deseamos felicitar a todas aquellas personas transexuales y transgénero de México por este hecho histórico que les va a procurar una mayor dignidad como personas con los mismos derechos que al resto de la ciudadanía, igualmente a todas aquellas activistas que lo han podído hacer realidad. FELICIDADES MÉXICO!

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