05 noviembre 2009

VENEZUELA: Comunicado de la Defensoría del Pueblo y Organizaciones Sexo – género diversas.

Fuente: Fundación Reflejos de Venezuela-.
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30 de Octubre de 2009-.
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La Defensoría del Pueblo y las organizaciones sexo–género diversas que hacen vida en el país, en ocasión a las recientes opiniones y criterios homofóbicos, emitidas por profesor Pedro Lava Socorro, durante una sesión de la cátedra de Derecho Romano en la Universidad Santa María, que aparecen en un video publicado en medios digitales desde el pasado 27 de octubre, expresan lo siguiente:

Rechazamos de manera categórica todo acto que atente contra la dignidad humana y que pretendan discriminar o desconocer los derechos de cualquier persona por su orientación sexual, identidad o expresión de género, lo cual está ampliamente reconocido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y demás tratados internacionales que propugnan el derecho a la igualdad y no discriminación, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, entre otros.

En ese sentido, el Comité de Derechos Humanos, órgano de seguimiento del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, mediante sus decisiones y observaciones generales, reconoce, entre otros aspectos, que la orientación sexual se encuentra incluida en la protección frente a la discriminación conferida al sexo. Por su parte, la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos, mediante Resoluciones AG/RES-2435 y AG/RES-2504 sobre “Derechos Humanos, orientación sexual e identidad de género”, de fechas 3 de junio de 2008 y 4 de junio de 2009, ha instado a los Estados a condenar actos de violaciones de derechos humanos por causa de orientación sexual e identidad de género.

Asimismo, en el ámbito nacional constituye un importante precedente, la sentencia dictada por la Sala Constitucional del TSJ, en fecha 28 de febrero de 2008, en la cual se reconoce expresamente el principio constitucional de igualdad y no discriminación por orientación sexual contra los individuos.

Repudiamos cualquier acción individual o colectiva en el ámbito social, político, económico o cultural que pretendan criminalizar a cualquier persona por razón de su orientación sexual, identidad y expresión de género, que perpetúan los patrones de vulneración de los derechos de la población gay, lesbiana, transexual, transgénero, travestí e intersexuales (GLBTTTI).

Exhortamos al Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior, a las universidades públicas y privadas del país, y en particular a las autoridades académicas de la Universidad Santa María, a revisar las prácticas y códigos de conducta del profesorado venezolano y adoptar las medidas pertinentes ante estos hechos, tomando en consideración los estándares establecidos en la normativa nacional e internacional de protección de los derechos humanos, así como las disposiciones de la Ley Orgánica de Educación que prohíbe cualquier tipo de incitación al odio que promuevan el terror y la discriminación de cualquier tipo.
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